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Al finalizar la lectura del contrato, proceda a completar los datos requeridos.
Contrato Electrónico de Prestación de Servicios
PRENOTA DIGITAL CONSULTORIA CONSULAR E TECNOLOGIA LTDA, empresa privada, inscrita en el CNPJ/MF bajo el n.º 36.592.953/0001-33, con domicilio en la Provincia de São Paulo/SP - Brasil, titular de la marca PRENOTADIGITAL.COM.
CLÁUSULA PRIMERA: OBJETO
1.1 El presente contrato tiene por objeto la prestación de un servicio especializado para la reserva de turno con el fin de presentar una solicitud de RECONSTRUCCIÓN DE LA CIUDADANÍA ITALIANA ante el Consulado Italiano en BUENOS AIRES, Argentina.
CLÁUSULA SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LAS PARTES
2.1 El CONTRATANTE se compromete a proporcionar al PRESTADOR todos los datos y documentos necesarios y verídicos para la correcta realización de la reserva de turno en el Consulado. El CONTRATANTE será el único responsable en caso de que la información suministrada sea incorrecta o falsa, eximiendo al PRESTADOR de cualquier responsabilidad derivada de ello.
2.2 El CONTRATANTE se obliga a realizar el pago por los servicios prestados por el PRESTADOR, de acuerdo con lo estipulado en la Cláusula Cuarta de este contrato.
2.3 El PRESTADOR, así como cualquier profesional vinculado a la ejecución del servicio, se compromete a garantizar la confidencialidad de la información y documentación proporcionada por el CONTRATANTE. Dicha información no podrá ser utilizada ni reproducida sin el consentimiento previo y expreso del CONTRATANTE, salvo en los casos establecidos en este contrato y para la correcta ejecución del servicio.
CLÁUSULA TERCERA: PLAZOS Y DURACIÓN
3.1 La relación contractual aquí establecida entra en vigor a partir de la aceptación y firma de los términos de este contrato por parte del CONTRATANTE.
3.2 El período estipulado para la realización de los intentos de reserva de turno ante el Consulado será de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos, contados a partir de la fecha de contratación. Dicho período podrá ser prorrogado automáticamente por igual plazo, salvo que cualquiera de las partes manifieste expresamente lo contrario antes de su vencimiento. En caso de que no se logre la reserva del turno dentro del período estipulado, el contrato quedará extinguido de pleno derecho y el CONTRATANTE no estará obligado a efectuar ningún pago, eximiendo así al PRESTADOR de cualquier otra responsabilidad.
CLÁUSULA CUARTA: CONDICIONES DE PAGO
4.1 La remuneración por los servicios prestados por la CONTRATADA deberá ser abonada en un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles después de la conclusión del servicio. El pago podrá realizarse al contado mediante tarjetas de crédito y débito de las marcas Visa y Mastercard, carteras digitales Apple Pay y Google Pay, o Boleto Bancario. La facturación será emitida inmediatamente después de la confirmación de la reserva del turno en el Consulado, conforme a los siguientes términos:
• Servicio de asesoría para la reserva de turno de entrevista consular, destinado a la solicitud de Reconstrucción de la Ciudadanía Italiana ante el Consulado Italiano en Buenos Aires, Argentina. Por este servicio, se cobrará el monto de USD 549,80 (quinientos cuarenta y nueve dólares con ochenta centavos).
4.2 Los valores estipulados anteriormente corresponden exclusivamente a la obtención exitosa de un turno ante el Consulado. El pago se considerará devengado y exigible una vez que el PRESTADOR haya realizado la reserva del turno, debiendo el CONTRATANTE efectuar el pago de inmediato o dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a la notificación de la reserva. El monto indicado corresponde exclusivamente al servicio descrito y no incluye las tasas o aranceles exigidos por el Consulado Italiano.
Párrafo 1º - En caso de que el CONTRATANTE decida desistir o cancelar la contratación del servicio antes de su conclusión, es decir, antes de que se haya efectuado la reserva del turno consular, deberá notificarlo al PRESTADOR de manera formal e inmediata. Si, en el momento de la notificación, el PRESTADOR aún no hubiera realizado la reserva del turno consular, el CONTRATANTE quedará exento de cualquier obligación de pago derivada del presente contrato.
Párrafo 2º - Una vez confirmada la reserva del turno, el CONTRATANTE no podrá cancelar el servicio y deberá pagar el importe total acordado, independientemente de su asistencia al Consulado.
Párrafo 3º - El incumplimiento del pago dentro del plazo estipulado (hasta 2 (dos) días hábiles tras la notificación de la reserva del turno consular) constituirá al CONTRATANTE en mora, con posibilidad de inclusión en registros de incumplimiento crediticio. En tal caso, se aplicará una multa del 2% (dos por ciento) sobre el monto adeudado, más intereses moratorios del 1% (uno por ciento) mensual y actualización monetaria, conforme a la legislación brasileña vigente en el ámbito del Mercosur.
Párrafo 4º - Si el CONTRATANTE mantiene su condición de deudor por más de 10 (diez) días desde la constitución en mora, el PRESTADOR podrá tomar las medidas legales correspondientes, incluyendo la cobranza judicial, en cuyo caso los honorarios legales serán de 20% sobre el valor adeudado, a cargo del deudor.
CLÁUSULA QUINTA: RESCISIÓN DEL CONTRATO
5.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir este contrato mediante notificación formal, con un plazo mínimo de 1 (un) día de antelación.
Párrafo 1º - Las partes acuerdan que toda comunicación referente a la cancelación o desistimiento del servicio deberá realizarse exclusivamente a través del correo electrónico dirigido a contato@prenotadigital.com, con el asunto "Cancelación", o a través del enlace disponible a continuación:
5.2 Si el CONTRATANTE incumple sus obligaciones contractuales, pero ha realizado el pago correspondiente, el contrato se considerará resuelto.
5.3 En caso de incumplimiento de las obligaciones del CONTRATANTE y de falta de pago del importe debido tras la conclusión del servicio y la notificación de la reserva del turno realizada por el PRESTADOR, dentro del plazo estipulado, este contrato seguirá plenamente vigente hasta su resolución por la vía legal.
CLÁUSULA SEXTA: JURISDICIÓN
6.1 Se establece como jurisdicción de este contrato el Foro del Distrito Judicial de São Paulo/SP - Brasil para resolver las controversias que surjan de este contrato. También se establece que la Legislación brasileña será utilizada para resolver dudas y controversias que surjan en relación a la ejecución de este contrato.
Y, por así considerar justas y haberlo acordado, firman el presente instrumento, en ejemplares de igual tenor que serán enviados por e-mail.
Después de enviar los datos, recibirá una copia del contrato por correo electrónico